FUNCIONES Y ESTRUCTURA DE LA MILICIA BOLIVARIANA
FUNCIONES DE LA MILICIA BOLIVARIANA
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de Gaceta Oficial Nº 39.359, de fecha 02 de Febrero de 2.010.
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de Gaceta Oficial Nº 39.359, de fecha 02 de Febrero de 2.010.
*Gaceta oficial Nº 5.933 Extraordinario de fecha 21 de Octubre de 2.009.
Articulo 46. "Son funciones de la Milicia Bolivariana:
1.Alistar, organizar, equipar, instruir, entrenar y reentrenar las unidades de la Milicia Bolivariana conformadas.
2.Establecer vínculos permanentes entre la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y el pueblo venezolano, para contribuir en garantizar la defensa integral de la Nación.
3.Organizar y entrenar a la Milicia Territorial y los Cuerpos Combatientes, para ejecutar las operaciones de defensa integral destinadas a garantizar la soberanía e independencia nacional.
4.Contribuir con el Comando Estratégico Operacional, en la elaboración y ejecución de los planes de defensa Integral de la Nación y Movilización Nacional.
5.Participar y contribuir en el desarrollo de la tecnología e industria militar, sin más limitaciones que las previstas en la Constitución de la República y las leyes.
6.Orientar, coordinar y apoyar en las áreas de su competencia a los consejos comunales a fin de coadyuvar en el cumplimiento de las políticas públicas.
7.Contribuir y asesorar en la conformación y consolidación de los comités de defensa Integral de los Consejos comunales, a fin de fortalecer la unión Cívico-Militar.
8.Recabar, procesar y difundir la información y consolidación de los consejos comunales, instituciones del sector público y privado, necesaria para la elaboración de planes, programas, proyectos de desarrollo Integral de la Nación y Movilización Nacional.
9.Coordinar con los órganos, entes y dependencias del sector público y privado, la conformación y organización de los Cuerpos Combatientes, los cuales dependerán administrativamente de los mismos, con la finalidad de contribuir a la defensa Integral de la Nación; supervisar y adiestrar los Cuerpos Combatientes, los cuales dependerán operacionalmente del Comando General de la Milicia Bolivariana.
10.Las demás que le señalen las leyes y reglamentos."
ESTRUCTURA DE LA MILICIA BOLIVARIANA
En armonía con la Ley de Reforma Parcial del Decreto N°6.239 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, depende directamente del Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en todo lo relativo a los aspectos operacionales a través del Comando Estratégico Operacional y para los asuntos administrativos dependerá del Ministerio del Poder Popular para la Defensa.
Integrada por la milicia territorial y los cuerpos combatientes, es un cuerpo especial, como hemos sostenido, con la misión de complementar a la Fuerza Armada Bolivariana en la Defensa Integral de la Nación, contribuyendo así a su independencia y soberanía.
http://www.milicia.mil.ve/
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